Normativa para las Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera

Durante la tarde de hoy el BCV publicó la normativa del nuevo sistema cambiario.Entre esta se encuentra el Convenio Cambiario N°18 (tan esperado por el mercado) que consta de 5 artículos y a decir verdad no dice absolutamente nada.Al menos de fondo, para el nuevo Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME).Debo decir que le he dado varias lecturas y no encuentro nada que permita dejar claro como funcionará a partir de ahora el mercado cambiario. No sé si tengo poca capacidad para entenderlo o por su simplicidad sencillamente no lo capto.Lo de la simplicidad es algo importantísimo en este tipo de cosas que tienen que ver con trámites, el asunto está en que más allá de dejar claro que el SITME es el protagonista de todo este cuento, no hay claridad sobre cómo funcionará el sistema.
Lo poco que queda claro de toda la normativa es que existirá el SITME y que los interesados en efectuar operaciones(personas naturales o jurídicas) "deberán dirigirse al banco universal, banco comercial o entidad de ahorro y préstamo de su preferencia y manifestar la intención de efectuar operaciones de compra y/o venta, en bolívares de títulos valores denominados en moneda extranjera que se negocian en los mercados". No hace referencia a cómo se manifestará la intención de efectuar operaciones, es decir, el PROCEDIMIENTO.
En el texto del instructivo (8 páginas) se hace referencia 16 veces a "SITME" y no se establece cómo funcionará.Además establece: "Todas las posturas de oferta y demanda deberán registrarse en el Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME), en virtud de lo cual, las Instituciones Financieras Autorizadas no podrán efectuar cruces de operaciones de compra venta entre sus clientes" y no aclara donde estará alojado el sistema, es decir, si es una página web y como acceder al mismo ó si es el banco de tu preferencia el que se encargará de eso.
En lo referido a las "normas relativas a las operaciones en el mercado de divisas"(RESOLUCIÓN N° 10-06-01), se establece que las casas de cambio (no de bolsa), además de la banca," ..podrán
realizar operaciones de corretaje o intermediación en el mercado de divisas..." a tráves de transferencia y encomienda electrónica.Esta última "...no podrá exceder de dos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 2.000,00) mensuales o su equivalente en otra moneda por cliente y en todo caso, deberán realizarse de conformidad con los montos aprobados en las Autorizaciones de Adquisición de Divisas emitidas por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI)"
En términos generales, me parece que la normativa en general (convenio cambiario,resolución e instructivo) no es clara: su lectura no permite aclarar todas las dudas que se tengan.El mercado esperaba que el convenio cambiario estableciera explícitamente la relación entre PDVSA y el BCV en la entrega de divisas, esto brilla por su ausencia.Lo que deja claro es que el límite máximo de comisión por operación será de hasta 1% del monto de la operación y que hay una nueva abreviatura gobiernera que aprenderse:SITME.Más allá de eso, en términos operativos, para mí no hay nada claro.Aparentemente no hay diferencias entre personas naturales y jurídicas, lo de las casas de cambio es confuso (la forma de hacer el trámite) y lo de los establecimientos turísticos parece un chiste: estos podrán comprar a los turistas al tipo oficial 2 para luego venderlos al BCV vía operadores cambiarios autorizados.Por otra parte no se explica lo del sistema de bandas.Me atrevo a decir que absolutamente nadie podrá negociar sus bonos con los bancos mañana martes porque estos no saben que esperar del nuevo sistema.Tampoco se dice nada respecto a la actuación del BCV en el caso de montos superiores 10mil$, como lo establece la reforma a la L.I.C, es decir, será a través del SITME?Qué hay detrás de esta normativa tan escuálida? tenemos los próximos días para saberlo.

6 comentarios:

Anónimo dijo...

SALUDOS:: ESTUVE REVISANDO Y A BUEN ENTENDEDOR POCAS PALABRAS OBVIAMENTE Q SERA EL BANCO QUEIN TENGA EL ACCESO AL SITME LAS PERSONAS NATURALES DEBEN DIRIGIRSE A LAS ENTIDADES Y MANIFESTAR EL DESEO DE ADQUIRIR LS TITULOS, MINIMO LA CANTIDAD DE MIL DOLARES EL VALOR DEPENDERA DE COMO SE COMPORTE EL MERCADO ESE DIA AL IGUAL Q EL MONTO MAXIMO PARA LAS PERSONAS NATURALES SERA DETERMINAD POR EL MISMO FENOMENO:::SI REVISAS LA PAGINA DEL BCV PODRAS NOTAR QUE HOY CERRO EN 5,27 EL DOLAR DEL SITME Y BUENO POR LO Q VI SE PODRA ENVIAR UN MAXIMO DE DOS MIL DOLARES POR MES EN REMESAS A DISTRIBUIDORES EN USA..Y PARA LAS ACTIVIDADES TURISTICAS EN VENEZUELA LLAMESE HOTELES PODRAN RECIBIR CHEQUES DE VIAJEROS Y DOLARES Y CAMBIARLOS A 4,28...ESPEREMOS Q ESTA NUEVA ESTRATEGIA ECONOMICA SURJA EFECTO ANTE LA GRAN ESPECULACION QUE EXISTIA CON EL PARALELO, Y Q DE ALGUNA FORMA LOS VENEZOLANOS PODAMOS TENER MAYOR ACCESO AL DOLAR...YA Q A MAYOR RESTRICCION MAYOR TRAMPA::

Anónimo dijo...

Profesor Sifontes estoy totalmente de acuerdo con usted, aqui nada está claro, todo se les va en blablabla, y la gente repite como loro lo que escucha en la tele, no leen, no razonan y por supuesto no se enteran de nada... Sr Anónimo... para su información el SITME sólo va a formar un cuello de botella... no compre todo lo que le venden!!!... vaya al banco mañana y a ver que le dicen... para que lugo pueda decir con propiedad lo de "A BUEN ENTENDEDOR POCAS PALABRAS "...

Anónimo dijo...
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Domingo Sifontes dijo...

Para el anoónimo del primer mensaje, dos cosas:
Tu visión sobre el nuevo esquema cambiario me parece bastante opotimista, espero pueda cumplirse, aunque en realidad lo dudo.Hay muchas cosas que no quedan claras todavía, el mercado estuvo paralizado en términos reales esta semana.
El otro comentario: es una lástima que respondas de esa manera, no tienes porque llamar a animal a alguien que te entendió mal o sencillamente no comparte tu visión.Creo que estuvo de más el comentario.
Saludos cordiales y siempre bienvenida la discusión a este espacio.

Drope dijo...

Estimado prof Domingo,

he visto esta noticia: http://www.globovision.com/news.php?nid=151772

podría comentar algo al respecto.

Desde aqui, un saludo.

Anónimo dijo...

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